Término |
Definición |
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Servicios de Intervención Temprana (Early Intervention Services, EIS) |
Servicios de Intervención Temprana (Early Intervention Services, EIS) Servicios y apoyos que están disponibles para los bebés y niños pequeños con discapacidades que son elegibles, así como para sus familias. Conforme lo determine un Equipo del Plan individualizado de servicios para la familia (Individualized Family Service Plan, IFSP), el IFSP puede contener una amplia gama de servicios para atender las necesidades de los bebés/niños pequeños y sus familias, incluyendo: dispositivos y servicios de tecnología de asistencia; servicios de audiología; capacitación familiar, consejería, visitas al hogar; servicios de salud, servicios médicos (diagnóstico/evaluación); servicios de enfermería; servicios nutricionales; terapia ocupacional; terapia física; servicios sicológicos; coordinación de servicios; lenguaje de señas y palabra complementada; servicios de trabajo social; instrucciones especiales; patología de terapia del habla; transportación y costos relacionados; y servicios para la vista. |
Plan individualizado de servicios para la familia (IFSP) |
Un plan escrito para proporcionar servicios de intervención temprana a bebés/niños pequeños con discapacidades, así como a su familia. Cada IFSP debe basarse en la evaluación del bebé/niño pequeño, y debe ser desarrollado por un equipo IFSP que incluya a los padres, al coordinador de servicios, una persona que esté directamente involucrada en realizar la evaluación y, si es apropiado, personas que proporcionarán servicios de intervención temprana al bebé/niño pequeño o a su familia. El IFSP de cada bebé/niño pequeño debe incluir: 1) información sobre el nivel actual de desarrollo del bebé o niño pequeño, en todas las áreas; 2) si los padres están de acuerdo, los recursos, prioridades e inquietudes de la familia en relación con la mejora del desarrollo del bebé o niño pequeño; 3) resultados para el bebé/niño pequeño y su familia; 4) procedimientos para medir el progreso hacia esos resultados; 5) servicios que recibirán el bebé/niño pequeño y su familia, los que les ayudarán a lograr los resultados; 6) duración, frecuencia, intensidad y método para proporcionar el servicio; y 7) el entorno en el que se proporcionarán los servicios. |
Equipo del IFSP | El equipo que crea un Plan individualizado de servicios para la familia (IFSP) para un bebé o niño pequeño elegible. Los miembros del Equipo IFSP incluyen: 1) un padre o los padres del niño; 2) otros familiares, según lo solicite el padre; 3) un defensor o persona ajeno a la familia, si el padre solicita que la persona participe; 4) un coordinador de servicios; 5) una persona o varias que estén involucrados en llevar a cabo la evaluación del bebé/niño pequeño y su familia; 6) si es apropiado, una persona o personas que proporcionarán los servicios de intervención temprana al bebé/niño pequeño o su familia. |
Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act, IDEA) | Una ley que pone a disponibilidad una educación pública gratuita y apropiada para niños elegibles que tengan discapacidades, en todo el país, y que asegura educación especial y servicios relacionados con estos niños. La IDEA rige la forma en que las agencias estatales y públicas proporcionan intervención temprana, educación especial y servicios relacionados a más de 6.5 millones de bebés, niños pequeños, niños y jóvenes con discapacidades, que son elegibles para recibirlos. |
Parte B de IDEA | La sección de la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades que regula la manera en la cual los estados proporcionan una educación pública gratuita y apropiada para los niños y jóvenes elegibles que tienen discapacidades y cuya edad está entre tres y 21 años. |
Parte C de IDEA | La sección de la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades que asegura que los bebés y niños pequeños con discapacidades y sus familias recibirán servicios de intervención temprana, desde su nacimiento hasta la edad de dos años. |
Agencia Principal (Lead Agency, LA) | Agencia Principal (Lead Agency, LA) Esta es la agencia que el gobernador de un estado nombra para: 1) recibir los fondos federales conforme a la Parte C de IDEA; y 2) supervisar e implementar las responsabilidades estatales conforme al programa de intervención temprana de la Parte C. Los ejemplos de Agencias principales en diferentes estados incluyen: 1) el Departamento Estatal de Salud; 2) el Departamento Estatal de Educación; 3) el Departamento Estatal de Servicios Humanos; y 4) algunas organizaciones interagencias. |
Padre | Conforme a la Parte C de IDEA, un padre significa: 1) el padre biológico o adoptivo de un niño; 2) un padre sustituto, a menos que la ley estatal, las normas u obligaciones contractuales con una entidad estatal o local prohíban que un padre substituto actúe como padre; 3) un tutor generalmente autorizado para actuar como padre del niño, o que está autorizado para tomar decisiones por el niño sobre intervención temprana, educación, salud o desarrollo (pero no será el estado si el niño está a cargo del estado); 4) una persona que actúa en lugar del padre biológico o adoptivo (incluso un abuelo, padrastro u otro familiar) con quien el niño viva, o una persona que es legalmente responsable del bienestar del niño; o 5) un padre sustituto que haya sido nombrado para el efecto de conformidad con IDEA. |
Centro para padres | Un Centro de Información y Entrenamiento para Padres y un Centro Comunitario de Recursos para Padres financiado a nivel federal, para cada estado, quienes trabajan con las familias de bebés y niños pequeños, así como niños con discapacidades y ayudan a que las familias participen en forma efectiva en el desarrollo y educación del bebé o niño pequeño. |
Agencia Pública (Public Agency, PA) | La Agencia principal estatal y cualquier otra agencia o subdivisión política del estado. Los ejemplos de Agencias públicas en diferentes estados incluyen: 1) el Departamento Estatal de Salud; 2) el Departamento Estatal de Educación; 3) el Departamento Estatal de Servicios Humanos; y 4) algunas organizaciones interagencias. |
Coordinador de servicios | Coordinador de servicios La persona asignada a ayudar a la familia del bebé o niño pequeño con el proceso de intervención temprana. Las responsabilidades del coordinador de servicios incluyen: 1) coordinar los servicios de intervención temprana que reciben el bebé/niño pequeño y su familia; 2) ayudar a los padres para que tengan acceso a los servicios de intervención temprana; 3) facilitar el proceso de IFSP; 4) informar a los padres sobre sus derechos en el procedimiento; y 5) coordinar las fuentes de financiamiento para los servicios de intervención temprana. |
Agencia de Educación Estatal (Special Educational Agency, SEA) | La agencia estatal que: 1) es la responsable principal de la supervisión estatal de las escuelas primarias y secundarias (como la junta estatal de educación u otra agencia u oficial); y 2) recibe los fondos de la Parte B de IDEA para cubrir las responsabilidades estatales conforme a la Parte B de IDEA. Generalmente, esto es para la educación de estudiantes con discapacidades que tienen edades entre tres y 21 años. Una SEA puede funcionar como agencia principal en algunos estados. |